lunes, 26 de marzo de 2012

Reflexionar sobre la crisis

En los meses que han pasado desde las elecciones se ha ido extendiendo el pesimismo. Parece que la reforma laboral ha acabado de hundir al país en el catastrofismo. De pronto ha cundido la creencia de que los trabajadores, prácticamente privados de derechos, han quedado a la merced del capricho de unos empresarios que sólo piensan en la revancha. El despido de casi todo el país se ve como algo poco menos que inevitable.

Este fatalismo es, por encima de todo, histérico. Seguro que habrá despidos y es probable que el desempleo aumente, pero es obvio que la gran mayoría de los trabajadores del país conservará su empleo dentro de un año. El mundo no se va a acabar este verano.

A esta histeria ha contribuido seriamente el gobierno. Los mensajes que emite sólo hablan de los recortes: de que son necesarios, de que serán terribles, de que serán insuficientes, de que es imposible cumplir con los objetivos europeos. Pero cada semana está más extendida la convicción de que los recortes, necesarios o no, no nos sacarán de la crisis. Los recortes no crearán empresas ni crearán empleo.

En pocas semanas, el gobierno presentará su primer presupuesto. Entonces sabremos qué piensa hacer para estimular la economía. Todavía no nos ha dicho cómo lo piensa hacer, pero hay que suponer que algo estará pensando.

Más allá de las medidas fiscales o financieras, la pregunta que España necesita responder es una muy simple: ¿en qué trabajaremos? El país, encabezado por nuestros líderes políticos, ha pensado muy poco en esta cuestión. Ahora se ha vuelto acuciante.



jueves, 15 de marzo de 2012

Reforma Laboral (iv): los salarios de tramitación

La reforma laboral de febrero está planteando distintos problemas. Uno de los que más ansiedad está creando es el de los salarios de tramitación de los despidos anteriores a la reforma.


Antes de la reforma, en caso de despido improcedente la empresa siempre tenía que pagar los salarios de tramitación, tanto si reincorporaba al trabajador como si o indemnizaba. Desde la reforma, la empresa sólo ha de pagar los salarios de tramitación si readmite al trabajador, pero no si lo indemniza.


Al parecer, algunas sentencias de primera instancia (yo ya tengo copia de una) han empezado a sostener que la reforma en este aspecto se aplica a las sentencias de despido posteriores a la reforma, aunque los despidos sean anteriores. Es decir, que si la sentencia se hubiera producido antes del 11 de febrero, el trabajador hubiera cobrado los salarios de tramitación, pero, como la sentencia (no el despido) se ha dictado después del 11 de febrero, no tiene derecho a cobrarlos junto con la indemnización.


Hay muchos argumentos para explicar que la idea es una barbaridad jurídica*, pero no quiero hablar de eso ahora.  Me preocupa sobre todo la gran incertidumbre que se ha creado. Comprobado que la original teoría existe y se ha aplicado, nadie sabe a ciencia cierta qué jueces la apoyan ni cuáles la rechazan.


Estas mañanas soleadas, en las aceras de la Ronda Sant Pere se puede conversar con los abogados y comprobar la dificultad que estamos teniendo para asesorar correctamente a nuestros clientes. Ya no se trata de saber si ganaré o perderé; lo mínimo que quieren saber los clientes es: si pierdo, ¿cuánto tendré que pagar?; si gano, ¿cuánto me pagarán?


Con la ayuda inestimable de Xavier Blasi i Sugrañes, de Blasi i Associats, hemos intentado hacer una pequeña encuesta en los Juzgados de lo Social de Barcelona. Preguntando en las secretarías de los juzgados hemos obtenido este resultado preliminar y completamente extraoficial:


- 8 juzgados nos dicen que su juez sigue aplicando los salarios de tramitación a los despidos anteriores a la reforma.
- 5 juzgados nos dicen que “depende” o que “es decisión del juez”. Son respuestas un tanto intrigantes, porque los oficiales suelen saber muy bien de qué pie cojea su juez.
- 1 juzgado nos dice que su juez no aplica los salarios de tramitación a  los despidos anteriores a la reforma.
- 4 juzgados no han querido contestar (tampoco estaban obligados)
- nos faltan 12 juzgados (puede parecer tonto, pero la cosa toma su tiempo y requiere paciencia; intentaremos actualizar los datos).


En alguno de los casos, ha sido el juez en persona quien, amablemente, ha salido a la secretaría a despotricar personalmente contra la novedosa teoría.




(* pero qué hemos de decir los españoles, pobrecitos, si nuestro primer código es de los visigodos, que justamente eran unos bárbaros)